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Si quieres alquilar en Gran Canaria, tienes que saber esto

Publicado por Canarinvest Properties en 06/03/2019
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El pasado viernes 1 de marzo el Consejo de Ministros aprobó un nuevo decreto ley sobre el alquiler. Si quieres alquilar en Gran Canaria, te contamos todas las novedades que debes conocer ¡y más que están por llegar!

Si quieres alquilar en Gran Canaria, tienes que saber esto

El Consejo de Ministros ha aprobado un decreto ley sobre el alquiler ya ha entrado en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Este decreto ley afecta a todos los contratos de alquiler que se firmen a partir de ahora, por lo que si quieres alquilar en Gran Canaria, hay algunas cosas que debes saber… ¡y que hemos recopilado en este artículo del blog de Canarinvest Properties para ti!

Si quieres alquilar en Gran Canaria, tienes que saber esto

Si quieres alquilar en Gran Canaria, tienes que saber esto

 

¿Qué aspectos muestran alguna variación y vamos a comentar a continuación? Especialmente, factores relacionados con la duración de los contratos, el límite a la hora de actualizar las rentas durante los años de vigencia del contrato y los plazos que tienen tanto el propietario como el inquilino para rescindir el contrato, entre otros. Sigue leyendo e infórmate.

  • La duración de los contratos de alquiler

El primer aspecto que debes tener en cuenta si quieres alquilar en Gran Canaria es la duración de los contratos de alquiler. Igual que se contemplaba en el decreto anterior, se amplía de 3 a 5 años cuando el propietario sea una persona física.

Cuando se trate de una persona jurídica o empresa, la duración de los alquileres asciende a 7 años. De esta forma los inquilinos se ven beneficiados, ya sea una familia que tiene intención de alquilar una vivienda por un largo periodo, o una empresa que tiene alquiladas sus oficinas o local comercial.

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La duración del contrato de alquiler pasa de 3 a 5 años

 

  • El incremento anual del precio del alquiler

La subida anual del precio del alquiler estará relacionada con el IPC. Se trata de una novedad dentro del nuevo decreto ley sobre el alquiler. Todos los contratos que se firmen a partir de este momento, estarán sujetos al IPC para la actualización del precio.

El propietario no podrá subir el precio del alquiler a sus inquilinos a más del IPC durante los cinco años de vigencia del contrato. Tendrá que esperar a la renovación.

  • Tiempos para rescindir el contrato

Los tiempos para rescindir el contrato, tanto por parte del propietario como del inquilino, se han incrementado. El documento indica que debe haber un mayor preaviso antes de rescindir el contrato de alquiler.

Por una parte, el propietario tendrá que avisar al inquilino con cuatro meses de antelación de que debe abandonar la casa. Igualmente, el inquilino también tiene cuatro meses para avisar al dueño que abandona la casa.

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Para rescindir el contrato de alquiler hay que avisar con 4 meses de antelación

 

El nuevo decreto también recoge la posibilidad de que, en un alquiler, el inquilino que tiene firmado el contrato con el propietario fallezca. Si se da el caso, y el inquilino vivía con su familia, los familiares podrán continuar en la vivienda cuando se trate de un caso de vulnerabilidad social.

Desde Fomento indican que se trata de un caso de vulnerabilidad social cuando “afecte a hogares en los que existan menores, personas con discapacidad o mayores de 65 años”.

  • La fianza del alquiler

Este punto se mantiene igual que en el anterior decreto de alquiler. Es obligatoria la prestación de una fianza en metálico que ascienda a una mensualidad de la vivienda cuando es para vivir; y dos mensualidades, cuando el alquiler tiene otros fines, como una empresa.

Sin embargo, el propietario podrá pedir a los inquilinos una garantía adicional hasta el máximo de dos mensualidades, para cubrirse en caso de que se produzcan desperfectos.

Si quieres alquilar en Gran Canaria, tienes que saber esto

Además de la fianza, el propietario puede pedir una garantía

 

En total, los inquilinos pueden llegar a pagar un máximo de 3 mensualidades para acceder a una vivienda en alquiler. Sin embargo, será decisión del propietario exigir una o dos mensualidades para la garantía.

¿Y si quieres alquilar con fines turísticos?

Lo primero que debes saber es que, según este decreto ley del alquiler, tus vecinos podrían prohibirtelo. En caso de que quieras alquilar tu casa como una vivienda vacacional, tendrás que llevarlo a junta de vecinos, y tendrán que aceptarte la petición con una mayoría de ⅗ partes de la comunidad.

Infórmate sobre la nueva regulación de las viviendas vacaciones en Canarias aquí.

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Las comunidades autónomas pueden limitar el precio del alquiler

El Gobierno también ha abierto la puerta a la posibilidad de que las Comunidades Autónomas puedan limitar el precio del alquiler de las viviendas.

En Canarias, se necesitan más viviendas para la población residente. Según Cristina Valido, Consejera Regional de Vivienda, “empezamos a tener problemas porque no tenemos los profesionales para atender a los turistas; y no los tenemos porque no tienen donde vivir”.

A su juicio, se deben establecer unos máximos de precio del alquiler y regular en función de la tipología de la vivienda.

 

Si quieres alquilar en Gran Canaria, no dudes en contactar con Canarinvest Properties. Desde 1997 estamos ofreciendo la mejor selección de propiedades de la isla a los mejores clientes. Puedes contactar con nuestras asesoras inmobiliarias haciendo clic aquí (a través del formulario al final de la página) o acudiendo a nuestra oficina en Maspalomas.

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